Entrevista | "El Documento de Voluntades Anticipadas es una forma de seguir decidiendo cuando ya no podemos expresar nuestra voluntad"
José Félix: Hoy vamos a hablar de un documento del que se oye cada vez más, pero que sigue siendo bastante desconocido para la mayoría de la población: el Documento de Voluntades Anticipadas. Para ello contamos con la colaboración del notario Álvaro Martín, un personaje ficticio que nos ayudará a comprender en qué consiste y por qué puede ser tan importante.
Notario Álvaro Martín: Encantado de participar. Es un tema del que cuesta hablar porque nos obliga a pensar en situaciones delicadas, pero precisamente por eso conviene conocerlo.
José Félix: Empecemos por lo básico. ¿Qué es exactamente un Documento de Voluntades Anticipadas?
Notario: Es un documento mediante el cual una persona deja por escrito cómo desea que se actúe desde el punto de vista sanitario si algún día pierde la capacidad para expresar su voluntad. Puede ocurrir tras un accidente grave, por una enfermedad neurodegenerativa o por cualquier otra circunstancia que impida comunicarse de manera consciente.
En definitiva, es una manera de decir: "Si llega ese momento y yo no puedo decidir, quiero que se respeten estas instrucciones porque son las que hoy, en pleno uso de mis facultades, considero adecuadas".
José Félix: Es decir, el documento habla por nosotros cuando ya no podemos hacerlo.
Notario: Exactamente. Y eso tiene un enorme valor. Vivimos en una época en la que la medicina puede prolongar la vida mediante técnicas muy avanzadas, pero también surgen decisiones complejas. Algunas personas desean recibir todos los tratamientos posibles y otras prefieren limitar determinadas intervenciones cuando no exista posibilidad de recuperación.
El Documento de Voluntades Anticipadas permite dejar constancia de esas preferencias para que el equipo médico pueda actuar respetando la voluntad del paciente.
José Félix: Mucha gente lo confunde con el testamento.
Notario: Es una confusión muy frecuente. De hecho, cuando alguien oye hablar de un documento notarial relacionado con el futuro, piensa automáticamente en el testamento.
Pero son documentos completamente distintos.
El testamento se ocupa del patrimonio: quién heredará una vivienda, unos ahorros o una empresa cuando la persona fallezca.
El Documento de Voluntades Anticipadas, en cambio, no tiene ninguna relación con los bienes. Se refiere exclusivamente a cuestiones sanitarias y personales mientras la persona sigue viva, aunque ya no pueda expresar sus decisiones.
José Félix: Es decir, uno habla de la herencia y el otro de la atención médica.
Notario: Exactamente. Uno empieza a producir efectos después del fallecimiento. El otro puede empezar a aplicarse antes, durante la vida, cuando el paciente pierde la capacidad de decidir.
Son dos instrumentos diferentes, aunque ambos tienen un elemento común: respetar la voluntad de la persona.
José Félix: ¿Qué tipo de decisiones puede recoger ese documento?
Notario: Bastantes más de las que la gente imagina.
Por ejemplo, una persona puede indicar si desea o no determinados tratamientos médicos extraordinarios, si acepta técnicas de soporte vital en situaciones irreversibles, si quiere recibir todos los cuidados paliativos necesarios para evitar el sufrimiento o si desea donar sus órganos tras el fallecimiento.
También puede dejar reflejadas convicciones religiosas o filosóficas que deban tenerse en cuenta durante la atención sanitaria.
Y algo muy importante: puede nombrar a una persona de confianza para que actúe como representante ante los médicos cuando haya que interpretar o hacer cumplir esas instrucciones.
José Félix: Esa figura parece especialmente interesante.
Notario: Lo es. Pensemos en un hijo, una hermana o un amigo muy cercano. Esa persona conoce nuestros valores y puede dialogar con el equipo médico si surgen dudas sobre cómo aplicar nuestras instrucciones.
No decide por nosotros; ayuda a que se cumpla lo que nosotros ya habíamos decidido.
José Félix: Hay quien piensa que hacer este documento es ser pesimista o esperar lo peor.
Notario: Yo diría justo lo contrario.
Cuando contratamos un seguro del hogar no esperamos que nuestra casa se incendie. Cuando hacemos un testamento no esperamos morir al día siguiente.
Simplemente somos previsores.
Con el Documento de Voluntades Anticipadas sucede lo mismo. No se firma porque uno crea que algo malo va a ocurrir, sino porque entiende que determinadas decisiones conviene tomarlas con serenidad y no dejar que recaigan sobre la familia en un momento de enorme tensión emocional.
José Félix: Hablando de la familia, imagino que este documento también les ayuda.
Notario: Muchísimo.
Uno de los momentos más difíciles para cualquier familia es cuando un médico pregunta: "¿Qué habría querido él?" o "¿Qué habría querido ella?".
En muchas ocasiones nadie lo sabe con certeza.
Entonces aparecen las dudas, los sentimientos de culpa e incluso los desacuerdos entre familiares.
Cuando existe un Documento de Voluntades Anticipadas, esa incertidumbre desaparece en gran medida porque quien ha decidido ha sido el propio paciente.
Eso proporciona tranquilidad tanto a la familia como a los profesionales sanitarios.
José Félix: ¿Es obligatorio acudir al notario para otorgarlo?
Notario: La legislación contempla distintas formas de formalizar este documento, pero hacerlo ante notario ofrece una seguridad jurídica muy importante.
El notario comprueba la identidad de quien comparece, verifica que actúa libremente y con plena capacidad, explica el alcance de cada decisión y redacta el documento con precisión jurídica para evitar interpretaciones confusas.
Además, conserva la matriz del documento y puede expedir copias autorizadas cuando sean necesarias.
José Félix: Es decir, no se limita a poner un sello.
Notario: En absoluto.
La labor del notario consiste sobre todo en asesorar de forma imparcial.
Muchas personas llegan con ideas generales, pero desconocen todas las posibilidades que ofrece el documento.
Durante la conversación surgen preguntas que quizá nunca se habían planteado y que conviene aclarar antes de firmar.
José Félix: ¿Y si con el paso de los años uno cambia de opinión?
Notario: No existe ningún problema.
Mientras la persona conserve su capacidad, puede modificar, sustituir o revocar el Documento de Voluntades Anticipadas tantas veces como considere oportuno.
Es lógico que las circunstancias personales cambien y que también evolucionen nuestras preferencias.
La última versión válida será la que deba respetarse.
José Félix: Tengo la impresión de que muchas personas piensan que esto solo interesa a quienes tienen una enfermedad grave.
Notario: Es una idea bastante extendida, pero no es correcta.
Cualquier adulto puede sufrir un accidente inesperado o una situación clínica que le impida expresar su voluntad.
Precisamente por eso cada vez más personas relativamente jóvenes deciden otorgarlo.
No es un documento para enfermos.
Es un documento para ciudadanos que desean ejercer plenamente su derecho a decidir.
José Félix: Después de escucharle, parece claro que estamos ante un instrumento de libertad más que ante un documento relacionado con el final de la vida.
Notario: Esa es probablemente la mejor definición.
No habla tanto de la muerte como del respeto a la autonomía personal.
Permite que nuestras decisiones continúen teniendo valor cuando ya no podamos pronunciarlas.
Y eso, desde el punto de vista jurídico y también humano, es una garantía extraordinaria.
José Félix: Para terminar, ¿qué le diría a quien nunca había oído hablar del Documento de Voluntades Anticipadas?
Notario: Le diría que se informe con tranquilidad, que hable con su familia y que no vea este documento como algo sombrío.
Al contrario. Es un acto de responsabilidad y de cariño hacia quienes algún día podrían tener que tomar decisiones muy difíciles en nuestro nombre.
Planificar no significa ser pesimista; significa querer que nuestra voluntad siga siendo respetada pase lo que pase.
José Félix: Pues con esa reflexión nos despedimos. Gracias por ayudarnos a comprender que decidir con tiempo también es una forma de cuidar de uno mismo y de quienes más queremos.
Notario: Gracias a usted. Ha sido un placer.
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