viernes, 13 de abril de 2018

Las muertes por legítima defensa no son eximentes en España.

CÓDIGO PENAL ESPAÑOL.

Artículo 20.4

Están exentos de responsabilidad criminal en la defensa de la persona o derechos propios o ajenos, si concurren estos requisitos:

1º) Agresión ilegítima (...) En caso de defensa de la morada, se reputará agresión ilegítima la entrada indebida en esta. ( allanamiento)
2º) Necesidad racional del medio empleado para impedirla y repelerla.
3º) Falta de provocación suficiente por parte del defensor.


Jacinto Silverio es un jubilado de 83 años. Está con el alma en vilo.Un jurado popular deberá decidir si pasa los pocos años que le quedan de vida ingresado en un centro penitenciario por matar de un disparo a un atracador que había allanado su chalet de Alfaro (Tenerife) El 1 de marzo de 2015, Jacinto, su mujer Mercedes, y la hermana de esta, sufrieron un atraco por parte de dos jóvenes encapuchados. Iban armados con una pistola simulada y un palo. Empezaron a torturar a Mercedes apaleándola y rompiéndole los dedos de una mano contra el marco de una puerta. Jacinto se acordó de que su hijo guardaba una pistola cargada en un cajón de un armario. Les dijo a los asaltantes que iba a buscar objetos de valor.

Con lo que volvió Jacinto es con una pistola de calibre 38, para la que no tenía licencia, y disparó dos balas "disuasorias" a los chavales, que ya estaban en fuga. Cuando llegó la Policía se encontro el cuerpo de Jonás Cano, de 26 años, muerto junto a la puerta.

Mercedes dijo ante el jurado: "Esos chicos nos habrían matado de no haber salido con la pistola mi marido". El otro atracador, Christian C., dijo: "Yo habría hecho lo mismo que Jacinto. Es más, ni dejaría que escapáramos ninguno de los dos" Incluso la acusación particular, ejercida por la madre del atracador muerto, entendía que la legítima defensa debía ser un atenuante.

Eljurado dictaminó que Jacinto no debió haber dispartado en una habitación cerrada, porque pudo haber alcanzado a alguna de las personas que deseaba proteger. Tambien lo condenan "porque podía haber utilizado otras alternativas igual de efectivas para salvar su integridad física y la de su esposa, evitando la muerte".

Hemos hablado de este caso con el penalista Eduardo García Peña, un abogado que logró evitar la prisión para un cliente que salvó la vida dando un navajazo en el cuello a uno de los conco jóvenes que le estaban dando una paliza. "En un caso así se trata de determinar si el acusado tenía otras opciones y si podía optar por ellas",me explica.

El secretario de la Sociedad Española de Criminología y Ciencias Forenses y agente de la Policía Nacional, Antonio Cela nos explica: "En un cruce de disparos, si el delincuente deja de disparar, hay que cesar el fuego inmediatamente" Y eso vale también para el ciudadano de a pié. "Nos guste o no, el ordenamiento jurídico no nos permite disparar a los que allanen nuestra casa".

En Europa esto nada tiene que ver con el ordenamiento jurídico de los Estados Unidos, donde el ciudadano no se siente respaldado por el Estado. Menudean los casos de civiles muertos por la espalda mientras huían o porque el policía creyó ver un arma donde sólo había un teléfono celular, tal y como sucedió hace unos días con un ciudadano de color.

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